El DRAE (Diccionario de la
Real Academia Española de la Lengua) define el término “privacidad”, en su segunda
acepción, como “ámbito de la vida privada que se tiene derecho a proteger de
cualquier intromisión.” Resulta el caso que el 6 de septiembre de 2016
publiqué yo, en mi canal de YouTube,
nueve vídeos que recogían casi todo un recital de pasajes de zarzuelas que
ofreció el Coro Lírico de Cantabria
el 11 de agosto de 2016, en la localidad cántabra de Solares, concretamente en el
Centro Cultural Ramón Pelayo (Medio Cudeyo). Yo mismo realicé la grabación. Me
gusta la zarzuela, y los coros, y conocía a un miembro de la agrupación. Así
que fui ese día con bastante tiempo sobrante, para inspeccionar el terreno,
hablar con los responsables del auditorio, y preguntarles si tenían
inconveniente en que grabara el evento. Me personé allí, era el primero en
llegar, y encontré a la encargada de la sala. En un primer momento, al verme
con el trípode para la cámara, pensaba ella que me enviaba el propio Coro
Lírico. Le expliqué que no, que aunque conocía a un miembro del coro, se
trataba de una iniciativa mía particular. Me contestó que como era un acto
público en abierto (sin cobro de entrada), no había ningún inconveniente. Pocos
minutos antes de que se abrieran las puertas del recinto –para mí y para todo
el público--, salió fuera la persona que yo conocía, quien me aconsejó dónde
situarme con la cámara, para obtener unas buenas imágenes. Me coloqué en el
pasillo lateral izquierdo, de cara al escenario. El pasillo tenía una pasarela
alzada añadida, lo que, llegado el caso, podría facilitar mi desplazamiento
para resultar así más discreto aún. Una vez comenzado el recital, entraron
tarde dos señoras, que bajaron por el pasillo donde yo tenía colocada la
cámara, y sin reparar en ella por poco me la tiran al suelo; por eso, no pude
luego aprovechar la primera intervención del coro.
La zarzuela es un género lírico
español que se está perdiendo, porque interesa a poca gente joven. Es un tipo
de música melódica no valorado hoy día por las nuevas generaciones. La zarzuela
es la hermana menor de la ópera y la prima de la opereta, surgida en el imperio
austrohúngaro en el siglo XIX, y adoptada después por la escena anglosajona
(los musicales de Broadway y de Covent Garden). Pero, mientras que la ópera y
la opereta siguen encontrando una notable aceptación en nuestro tiempo, porque
siempre hay un público “chic” para la primera –lo que se traduce en un público
culto amplio en el resto de Europa--, y porque la segunda se adapta muy bien a
los gustos de las nuevas generaciones, con nuevos libretos y nuevas
composiciones al caso, la zarzuela, con temas anclados en la sociedad tradicional
decimonónica, anda muy de capa caída y con el pie en la tumba. Es por eso que
me parece sumamente encomiable el esfuerzo de agrupaciones que, como el Coro
Lírico de Cantabria, mantienen vivo el interés por incluir en sus repertorios
temas de zarzuelas. El público de edad madura siempre lo vitorea, y hay algunos
que, como yo, que ahora tengo cincuenta y un años, también lo disfrutamos
mucho. La zarzuela tiene una música y una letra muy bonitas, que llegan con su
hondo lirismo al corazón de cualquier persona sensible. Está claro que no tiene
nada que ver con los estilos actuales, pero puede –y debe—continuar encontrando
su rincón.
Mis vídeos pueden contribuir a
acercar las iniciativas de dar a conocer la zarzuela al gran público que se
sirve de YouTube y de otros medios de
difusión por Internet. No hay nada malo en ello, creo, sino más bien todo lo
contrario. Como cualquier otro montaje que sirva para estimular el conocimiento
de otros géneros artísticos o musicales: baile, danza, ópera, opereta, vodevil,
drama, comedia, concierto, sinfonía, música de cámara, etc., siempre que sus
responsables no ofrezcan reparos para su grabación.
El dieciséis de marzo del
presente año, alguien relacionado con el Coro Lírico de Cantabria me solicitó,
a través del Messenger de mi página
de Facebook, que procediera a retirar
de YouTube esos nueve vídeos.
Textualmente, me escribía esta persona: “Veo
que tiene publicados varios vídeos de un concierto nuestro (Coro de Bohemios,
Canción del Sembrador, Romanza de Simpson, Coro de la Murmuración y Coro de
Románticos). Si bien fue un acto público y por supuesto sin prohibición expresa
de grabación por nuestra parte, sí me gustaría pedirle que los retirase de las
redes públicas y que no aparecieran en ningún sitio, ya que somos (o intentamos
ser) bastante cuidadosos con estas cosas y mantener todos los vídeos publicados
bajo supervisión. Sé que están grabados y publicados con la mejor de las
intenciones, y desde luego que se lo agradecemos mucho, pero nos gustaría
seguir manteniendo el control de todas las publicaciones en las que aparecemos.
Sin más, un saludo y muchísimas gracias.” A esta persona que me escribe
este mensaje no solo no le gusta la programación, y, en su derecho, “cambia de
canal”, sino que llama a la cadena y exige que lo que se está en esos momentos
emitiendo se altere e incluso desaparezca. Mi respuesta, por el mismo sistema
de Messenger, fue la siguiente: “No voy a acceder a su petición, pues
solicité permiso para grabar el concierto en el auditorio donde se ofreció. No
se cobraba la entrada ni se restringieron las grabaciones en ese momento. Los
vídeos llevan publicados ya bastante tiempo y me parece una forma bonita de dar
a conocer el arte y talento de la agrupación coral, que mucha gente aprecia y
respeta […] Sin otro particular,
reciba mi atento saludo.”
Se da la curiosa circunstancia de que el propio Coro Lírico de Cantabria
compartió mis vídeos en su página de Facebook,
el 6 de septiembre de 2016, como atestigua la fotografía que muestro a
continuación:
Los nueve vídeos de ese recital
del Coro Lírico de Cantabria han recibido muy pocas visitas. En torno a
trescientas. Fruto, seguramente, del ya comentado bajo interés que suscita hoy
la zarzuela. En la página oficial del Coro Lírico de Cantabria (https://coroliricodecantabria.org)
no hay ninguna disposición de Privacidad, ni ninguna restricción a grabaciones
de las interpretaciones del grupo.
Yo pensaba que mi respuesta,
apoyando mi derecho a grabar y difundir imágenes de lo que fue un evento
público en abierto, iba a poner en claro término este asunto. Pero al parecer
no ha sido así, porque bien la misma persona que en Facebook me solicitaba la retirada de mis vídeos, o bien otra que
alguna relación debe de tener con ella, puso en contra de ellos una reclamación
de Privacidad en el Canal de YouTube.
El jueves 22 de marzo me escribió el equipo de YouTube para informarme de dicha reclamación, sin decirme el quién
ni el porqué, y dándome un plazo de cuarenta y ocho horas para revisar los
nueve vídeos y efectuar en ellos las oportunas modificaciones, o incluso,
proceder a su eliminación. Revisando la política de Privacidad del canal,
comprobé que es aconsejable que no aparezca mencionada ninguna persona con su
nombre y apellidos. Como consecuencia, para extremar precauciones, procedí a
eliminar de uno de los vídeos el referente de quien me había aconsejado dónde
emplazar la cámara durante el recital. Mantuve el nombre y apellidos de la
directora del coro, puesto que se hallaba en el ejercicio de su cometido
profesional. Descontando a quienes oficiaban de solistas, a ningún otro miembro
del grupo se le señala con su nombre. La cámara se mantiene fija hacia el
escenario, por lo que el público asistente no es identificable de un modo
especial. Nadie del público, además, se ha quejado hasta ahora de ninguna de
estas grabaciones.
El martes, 27 de marzo de 2018,
el equipo de YouTube, a vuelta de mis
oportunas alegaciones en defensa de la publicación de estos vídeos, ha
considerado declararlos exentos de modificación y, por supuesto, de
eliminación. Textualmente, el equipo escribe:
“Hemos revisado su reclamación y
hemos decidido que el contenido se encuentra exento de eliminación de acuerdo
con nuestras directrices de privacidad (puede encontrarlas en
http://www.youtube.com/t/privacy_guidelines). El contenido no infringe nuestras
políticas y seguirá publicado en el sitio. Muchas gracias por utilizar
YouTube.”
Es decir, YouTube me otorga la
razón y mi derecho a mantener publicados en mi canal estos nueve vídeos del
Coro Lírico de Cantabria.
La RAE –como he señalado al
principio—determina la “Privacidad” como “ámbito de la vida privada” con
derecho a protección. Por ejemplo, supongamos que yo saco mi cámara a la calle
y filmo a gente que va de un lado a otro. Luego voy y publico mi vídeo. Alguien
que aparece en esas imágenes de pura casualidad lo ve y prefiere que no se le
identifique en ellas. Reclama, y mi opción es o bien distorsionar su figura por
medios técnicos, o bien cortar esa parte de la grabación, o incluso eliminarla
del todo. Pero estamos hablando, en este caso concreto, de una actuación
pública de una agrupación coral, cuyos miembros, mayores de edad, evidentemente,
van a ser vistos, oídos y hasta identificados por el público asistente. Salen a
un escenario y ofrecen su buen arte para deleite de los aficionados. No es su
vida privada la que interesa ni se ve afectada en ese tiempo, sino su vida
pública, como intérpretes de un grupo coral. Nada que atente, por tanto, a la
Privacidad.
Yo he publicado actuaciones de
otros grupos y, francamente, esta es la primera reclamación que he tenido. Por
lo general, son vídeos muy aceptados, pues sirven de promoción gratuita a esos
grupos artísticos.
Esperemos que la persona que ha
puesto esa denuncia de Privacidad en YouTube
se dé por bien contestada y comience a evaluar la realidad de otra manera, más
positiva para todos.
© Antonio Ángel Usábel, marzo
de 2018.
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